Home Destacadas El párroco Marcelo Siderides procesado junto a tres arquitectos por daños “irreparables” al patrimonio histórico de la iglesia jesuítica de Alta Gracia

El párroco Marcelo Siderides procesado junto a tres arquitectos por daños “irreparables” al patrimonio histórico de la iglesia jesuítica de Alta Gracia

por Gabriela Monqaut
En el marco de un proyecto de restauración de la Iglesia Nuestra Señora de la Merced de Alta Gracia –declarada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO- los imputados habrían destruido parte de la estructura del templo “con el sólo objetivo” de colocar un sistema de calefacción. El titular del Juzgado Federal N°1, Ricardo Bustos Fierro, los consideró presuntos coautores de daño agravado por cometerse en perjuicio de un bien de uso público y monumento de carácter histórico.
En línea con lo requerido por el Ministerio Público Fiscal, el titular del Juzgado Federal N°1 de Córdoba, Ricardo Bustos Fierro, dictó el procesamiento del cura párroco de la Iglesia de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de Alta Gracia, Marcelo Siderides, y de tres arquitectos que participaron en la ejecución “ilegítima” de un proyecto de restauración que terminó ocasionando un “daño arqueológico irreparable” en el interior del templo, declarado como integrante del Patrimonio de la Humanidad por parte de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).
El daño se habría materializado por medio de la destrucción del solado histórico subyacente, es decir, de los ladrillones dispuestos en la totalidad del suelo interno de la Iglesia, los que más allá de pertenecer o no a la época jesuítica, “eran históricos, auténticos y formaban parte de la Iglesia en su totalidad y como tales constituían su patrimonio histórico y cultural”, según indica la resolución. Por parte del MPF intervino el fiscal federal Enrique Senestrari.
Un accionar ilegítimo, clandestino y negligente
El proyecto de puesta en valor y restauración se dio en el marco de un acuerdo de colaboración firmado en 2009 entre la Universidad Católica de Córdoba y la Parroquia Nuestra Señora de la Merced de Alta Gracia, por medio del cual la primera aportaría los profesionales idóneos para llevar adelante las obras, así como los estudios técnicos pertinentes. El 5 de enero de 2011, la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos autorizó la ejecución de las obras, permiso que no incluía (para ninguna de sus tres etapas) la remoción del solado histórico. Fue este accionar, efectuado sin ningún criterio ni método, el que provocó la destrucción de sepulturas antiguas, la pérdida y destrucción de restos óseos y esqueléticos “que se encontraban diseminados por la superficie de todo el lugar, tanto enteros como fragmentados, que estuvieron allí sepultados desde tiempo inmemorial”.
Los distintos elementos de prueba recolectados durante la instrucción, entre ellos los testimonios de profesionales en la materia, pusieron en evidencia un accionar “ilegítimo, clandestino y negligente” por parte de los imputados, según lo calificó el magistrado, especialmente en lo que refiere a la falta de cuidados a la hora de realizar las excavaciones. Las mismas se llevaron a cabo sin tener en cuenta la aplicación de método ni técnica alguna de la ciencia arqueológica, como tampoco se constató la utilización de fotografías, croquis de corte y perfil.
“Fue una excavación asistemática, sin sistema alguno, burda y torpe. Máxime teniendo en cuenta que los arquitectos que coordinaban la obra sabían que estaban interviniendo un bien que cuenta con la declaración de patrimonio mundial”, señaló Bustos Fierro.
En síntesis, para el magistrado surgen elementos que evidencian la efectiva producción de un daño arqueológico irreparable a la Iglesia de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de Alta Gracia, con el sólo objetivo de de remover el solado histórico de la misma para colocar “un sistema de calefacción a fines de climatizar la Iglesia”.
Huesos en la cancha de fútbol
En relación al destino de los restos extraídos de la Iglesia, uno de los testimonios más relevantes fue el que brindó el propietario de una empresa de contenedores contratada para trasladar los escombros generados por la obra. En su declaración, el testigo expresó que el contenido fue llevado a una cancha de fútbol del barrio Liniers de la ciudad de Alta Gracia, con el objetivo de contribuir a la nivelación del suelo. En esa ocasión, la persona que estaba realizando dicha labor le manifestó haber encontrado huesos entre el material. Informado de la situación, el cura párroco Marcelo Siderides expresó su fastidio “por no haber tirado los escombros en un basural”, por lo que decidió desvincular al testigo de las tareas encomendadas, y contrató a otra empresa de contenedores.
Calificación legal
La Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos suspendió las obras el 2 de febrero de 2012, comunicándole al sacerdote Siderides y a los arquitectos Melina Malandrino, Pedro Cufre y Juan Pablo Orozco -los tres miembros del Instituto “Marina Waisman”, de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Católica Argentina- que la intervención en el templo había excedido ampliamente los alcances originales del proyecto, responsabilizándolos por el daño al solado histórico subyacente, a su patrimonio implicado y al debido respeto a las sepulturas. El magistrado los procesó como presuntos coautores responsables del delito de daño agravado por cometerse en perjuicio de un bien de uso público y monumento de carácter histórico (art. 184 inc. 5 y 45 del Código Penal, en función del art. 47 de la ley 25.743).
Respecto a la imputada Malandrino, señaló que habría ejercido ilegalmente su profesión de arquitecta al haber intervenido sin estar debidamente matriculada en el Colegio de Arquitectos de la provincia de Córdoba, por lo que ordenó que se giren los antecedentes de la causa al Tribunal de Etica del Colegio de Arquitectos de la provincia de Córdoba.
Fuente: Fiscales.gob.ar

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