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EL PROTOCOLO PARA ESTABLECIMIENTOS GASTRONÓMICOS, TEXTO COMPLETO

por Gabriela Monqaut

La tarde del martes 9 de junio el responsable del COE Regional Nº 8 Pablo Ortiz junto al Intendente Municipal Marcos Torres se reunieron con más de 50 empresarios gastronómicos y dueños de bares de nuestra ciudad para coordinar la implementación de los protocolos emanados desde el COE Central para su reapertura a partir del día jueves 11 de junio.
Medidas a cumplir:
Restaurantes y bares:
• Horarios de atención: Bares hasta las 2:00 de la mañana. Restoranes cierre de cocina 12:30, cierre del establecimiento 2:00 de la mañana.
• 2mts entre los respaldos de las sillas de las diferentes mesas
• En el ingreso al establecimiento deberá haber un libro de registros de asistentes diario donde conste nombre DNI domicilio y teléfono.
• Al ingresar deberá haber un personal del establecimiento con solución de alcohol al 70% para la desinfección de los asistentes
• Una vez finalizado el servicio se deberá desinfectar mesas y sillas para recibir a los próximos clientes.
• El personal deberá atender sin guantes, lavándose las manos luego de atender cada una de las mesas.
• El personal deberá capacitarse para diferenciar y reconocer un paciente con síntomas.

Se sugiere la utilización del termómetro infrarrojo para tomar la temperatura a los asistentes tanto en bares como restoranes.

Exclusivo para restos:
• Se deberán tomar reservas telefónicas o por medios digitales.
• Las cartas de menùes deberán estar plastificadas para una mejor desinfección.
• Los individuales y las servilletas deberán ser descartables y si se usa mantel deberá cubrirse con nylon cristal para su desinfección entre cliente y cliente.
• Los platos cubiertos y vasos deberán ser colocados en el momento que llegue el pedido a la mesa.
• Las bebidas deberán ser destapadas en las mesas por los comensales (no se podrán utilizar jarras).
• Las mesas no podrán excederse de un total de 10 personas respetando siempre el distanciamiento entre silla y silla.

PROTOCOLO PARA ESTABLECIMIENTOS GASTRONÓMICOS
INTRODUCCIÓN
 Alcance
 Objetivos
 Público destinatario
CAPITULO 1. NOMENCLATURA Y MEDIDAS GENERALES
1.1. MEDIDAS DE PREVENCIÓN
1.1.1. Recomendaciones visuales
1.1.2. Distanciamiento social
1.1.3. Higiene de manos
1.1.4. Higiene respiratoria
1.1.5. Desinfección de superficies y ventilación de ambientes
1.1.6. Transporte desde y hacia el lugar de trabajo
1.1.7. Acciones junto a los trabajadores
Comité de Crisis
Identificación de personal en riesgo
Organización del trabajo
1.2. Medidas para la detección y manejo de casos sospechosos y contactos estrechos
CAPITULO 2. PARTICULARIDADES
2.1. PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO
2.1.1. Control preventivo
2.1.2. Distanciamiento social
2.1.3. Higiene de manos y respiratoria
2.1.4. Capacitación
2.2. ATENCION AL CLIENTE
2.2.1. Servicio de Restaurante
2.2.2. Servicio de comida para llevar – Take away
2.2.3. Servicio de entrega a domicilio – Delivery
2.3. ESPACIOS DEL ESTABLECIMIENTO
2.3.1. Disposición del mobiliario
2.3.2. Zonas de circulación
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2..4. AREA DE PRODUCCION
2.4.1. Cocina
2.4.2. Recepción de mercadería
2.5. TAREAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCION
2.5.1. Generales
2.5.2. En cocina y sanitarios
2.6. MANTENIMIENTO
2.7. RESIDUOS
ACLARACIONES FINALES
 Recomendaciones específicas para Personas con Discapacidad
 Condiciones Previas
 Potestades del COE
INTRODUCCIÓN
Ante el nuevo escenario que dispone esta emergencia sanitaria global y su impacto
económico y social en la actividad turística, el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación
en conjunto con el Instituto de Calidad Turística (ICTA), la Cámara Argentina de Turismo
(CAT), la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina
(FEHGRA), la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés (AHRCC), y las
provincias a través del Consejo Federal de Turismo, han elaborado el “Protocolo COVID-19
para Establecimientos gastronómicos”.
Las pautas contenidas en el presente siguen las recomendaciones establecidas por el
Ministerio de Salud de la Nación, ofreciendo diversas medidas y acciones específicas para
hacer frente a la situación actual y ayudar a la recuperación de la actividad, siendo su
principal objetivo resguardar la salud y bienestar de las personas, trabajadores y turistas.
Actualmente nos encontramos ante una pandemia (epidemia que se propaga a escala
mundial) por un nuevo coronavirus, SARS-CoV-2, que fue descubierto recientemente y
causa la enfermedad por coronavirus COVID-19. Los coronavirus son una familia de virus
que pueden causar enfermedades en animales y en humanos. En los seres humanos,
pueden causar infecciones respiratorias que van desde un resfrío común hasta
enfermedades más graves.
Los síntomas más habituales de la COVID-19 son la fiebre, la tos seca y el cansancio. Otros
síntomas menos frecuentes que afectan a algunos pacientes son los dolores y molestias, la
congestión nasal, el dolor de cabeza, la conjuntivitis, el dolor de garganta, la diarrea, la
pérdida del gusto o el olfato y las erupciones cutáneas o cambios de color en los dedos de
las manos o los pies. Estos síntomas suelen ser leves y comienzan gradualmente. Algunas
de las personas infectadas solo presentan síntomas leves.
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El 80% de las personas se recuperan de la enfermedad sin necesidad de tratamiento
hospitalario, el 15% son casos moderados con internación y el 5% requiere internación en
terapia intensiva. Las personas mayores y las que padecen afecciones médicas previas
como hipertensión arterial, problemas cardiacos o pulmonares, diabetes o cáncer tienen más
probabilidades de presentar cuadros graves. Sin embargo, cualquier persona puede contraer
la COVID-19 y caer gravemente enferma.
Se transmite de una persona a otra a través de las gotas de Flügge procedentes de las vías
respiratorias que salen despedidas cuando la persona infectada tose, estornuda o habla, por
contacto con manos, superficies u objetos contaminados. Por eso, es importante mantener
el distanciamiento social establecido y tomar las precauciones de contacto.
Particularmente en Argentina el Presidente de la Nación, Dr. Alberto Fernández, firmó el día
12 de marzo del 2020 el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260, el cual contempla la
ampliación de la Emergencia Sanitaria (establecida por Ley N° 27.541) en virtud de la
pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el
coronavirus COVID-19, por el plazo de un (1) año a partir de su entrada en vigencia.
Asimismo, establece en su artículo 15º que “la autoridad de aplicación, conjuntamente con
el Ministerio de Turismo y Deportes dispondrán la implementación de las medidas
preventivas para mitigar la propagación del COVID-19, respecto de los y las turistas
provenientes de zonas afectadas. También podrán disponer que las empresas
comercializadoras de servicios y productos turísticos difundan información oficial que se
indique para la prevención de la enfermedad”.
Complementariamente se dictó el Decreto 355/20, que en su Artículo 2º dice: “El Jefe de
Gabinete de Ministros, en su carácter de Coordinador de la “Unidad de Coordinación General
del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia
Internacional” podrá, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional, y a pedido de los
Gobernadores o de las Gobernadoras de Provincias o del Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, exceptuar del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y
obligatorio” y de la prohibición de circular, al personal afectado a determinadas actividades y
servicios, o a las personas que habiten en áreas geográficas específicas y delimitadas,
siempre que medien las siguientes circunstancias:
a. Que el Gobernador, la Gobernadora o el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires lo requiera por escrito, previa intervención y asentimiento de la máxima
autoridad sanitaria local, en atención a la situación epidemiológica respectiva.
b. Que, junto con el requerimiento, se acompañe el protocolo de funcionamiento
correspondiente, dando cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones sanitarias
y de seguridad nacionales y locales.”
Por ello, en función de este Decreto las autoridades jurisdiccionales podrán elaborar sus
propios protocolos en tanto y en cuanto los mismos aseguren las recomendaciones y pautas
aquí establecidas.
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ALCANCE
A partir del presente y en función del Decreto 355/2020 las autoridades jurisdiccionales
podrán elaborar sus propios protocolos en tanto y en cuanto los mismos aseguren las
recomendaciones y pautas aquí establecidas. Las mismas serán de aplicación con sujeción
a la fase en que se encuentre y las medidas vigentes en su jurisdicción.
Las pautas contenidas en el presente siguen las recomendaciones establecidas por el
Ministerio de Salud de la Nación, ofreciendo diversas medidas y acciones específicas para
hacer frente a la situación actual y ayudar a la recuperación de la actividad, siendo su
principal objetivo resguardar la salud y bienestar de las personas, trabajadores y turistas.
Es imprescindible que quienes conforman la cadena de valor del turismo se preparen para
una nueva etapa pos-COVID-19, en donde la forma de viajar y hacer turismo y las nuevas
conductas de consumo suscitan una “nueva normalidad” y exigen revisar y actualizar, de
manera integral, las gestiones operativas de cada prestación.
OBJETIVOS
Dar respuesta a las necesidades del sector afectado por las medidas que restringen su
actividad
Implementar medidas para garantizar la salud de las personas.
Controlar y evitar la propagación del virus.
Acompañar las medidas sociales que las autoridades recomienden o establezcan.
Garantizar la continuidad de la actividad turística.
PUBLICO DESTINATARIO
El Protocolo COVID-19 para Establecimientos Gastronómicos está destinado a todos
aquellos establecimientos que brindan servicios de gastronomía en el territorio de la provincia
de Córdoba, con el fin de asegurar en todos los puntos críticos de la prestación, la prevención
de la propagación del virus en la comunidad y la afectación de las y los trabajadores de todo
el sector.

CAPITULO 1. NOMENCLATURA Y MEDIDAS GENERALES
El presente Capítulo comprende las Recomendaciones para el desarrollo de Protocolos en
el marco de la pandemia, del Ministerio de Salud e la Nación de fecha 26 de mayo de 2020.
http://www.msal.gob.ar/images/stories/bes/graficos/0000001961cnt-covid-19-modelorecomendaciones-desarrollo-protocolos-pandemia.pdf
Las mismas serán de aplicación con sujeción a la fase en que se encuentre y las medidas
vigentes en su jurisdicción.

1.1. MEDIDAS DE PREVENCIÓN
1.1.1. Recomendaciones visuales
Colocar en lugares fácilmente visibles, información sobre las medidas de distanciamiento
social, la adecuada higiene de manos, la apropiada higiene respiratoria, y las
recomendaciones ante la presencia de síntomas sospechosos de COVID-19. Esto debe
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además complementarse con otras modalidades (información en página web, redes sociales,
por correo electrónico o por teléfono, entre otras) para informar a los trabajadores acerca las
medidas de higiene y seguridad adoptadas por la institución.
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/poblacion/prevencion

En cuanto a las características de la definición de caso, la misma se establece en forma
dinámica en el sitio:
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/definicion-de-caso

1.1.2. Distanciamiento social
Debe mantenerse una distancia mínima entre personas de 2 metros como ideal y de 1,5
metros como aceptable. Esta medida aplica tanto para los trabajadores como para el público
que asista al establecimiento (clientes, proveedores, etcétera).
Evitar el contacto físico al saludar con besos, abrazos u apretones de manos.
Evitar reuniones en espacios cerrados dentro y fuera del espacio de trabajo.
No compartir mate, vajilla ni otros utensilios.
El uso de barbijo o tapabocas no reemplaza las medidas de distanciamiento social ni la
necesidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad, pero puede considerarse
como una medida adicional cuando transitoriamente no sea posible mantener la distancia de
seguridad mínima.
Para mantener el distanciamiento social se debe limitar la densidad de ocupación de
espacios (salas de reunión, oficinas, comedor, cocina, vestuarios, posiciones de trabajo,
etcétera) a 1 persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable, para ello se puede
utilizar la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados. Cuando por sus
características, esto no sea posible, se debe impedir el uso de estos espacios
En caso de que no pueda mantenerse distancia mínima de seguridad (2 metros ideal, mínimo
1,5 metros) entre puestos de trabajo, considerar la instalación de medidas físicas (mamparas,
paneles de vidrio) de fácil y frecuente limpieza.
https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/atencion-publico
https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/preguntasfrecuentes#distanciamiento

1.1.3. Higiene de manos
1) Todas las personas que desarrollen tareas en los establecimientos, deberán realizar
lavado de manos con frecuencia y obligatoriamente:
a) Al llegar al lugar de trabajo.
b) Antes y después de manipular basura o desperdicios.
c) Antes y después de comer, manipular alimentos y/o amamantar.
d) Luego de haber tocado superficies públicas: mostradores, pasamanos, picaportes,
barandas, etc.
e) Después de manipular dinero, llaves, animales, etc.
f) Después de ir al baño o de cambiar pañales.
g) Después de toser, estornudar o limpiarse la nariz.
h) Se recomienda evitar, en la medida de lo posible, llevar las manos a la cara.
2) Cada local o establecimiento habilitado deberá contar con lugares adecuados para realizar
un adecuado y frecuente lavado de manos con agua y jabón (dispensador de jabón
líquido/espuma, toallas descartables o secadores de manos) y además deberán ponerse a
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disposición soluciones a base de alcohol al 70% (por ejemplo, alcohol en gel).
https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/atencion-publico
3) Es responsabilidad de la institución proveer los elementos adecuados en cantidad
suficiente y en forma accesible para la higiene personal (lavado de manos con jabón, solución
hidroalcohólica y toallas de papel). Recordar que debe emplearse soluciones a base de
alcohol únicamente cuando las manos se encuentran limpias, en caso contrario debe
realizarse el lavado con agua y jabón. Se aconseja el lavado frecuente de manos con una
duración de 40-60 segundos. Modelo de recomendaciones para el desarrollo de protocolos
en el marco de la pandemia 3 Covid-19.
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/gpsc_lavarse-manos_poster_es.jpg
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/gpsc_desinfectmanos_poster_es.jpg
4) Dada la mayor persistencia del virus sobre el látex o nitrilo, no se recomienda el uso de
guantes salvo para tareas específicas (tareas de limpieza, contacto directo con
secreciones).

1.1.4. Higiene respiratoria
Utilizar barbijo o tapabocas que cubra nariz, boca y mentón en espacios laborales y áreas
comunes de trabajo. Su uso no reemplaza ninguna de las medidas de distanciamiento físico
ni de higiene.
Promover el lavado del barbijo casero con agua y jabón al menos una vez al día, y cambiarlo
inmediatamente si se encuentra sucio o mojado
(https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/barbijo).
Al toser o estornudar, usar un pañuelo descartable o cubrirse la nariz y la boca con el pliegue
interno del codo en caso de no tener colocado el barbijo casero. En ambos casos,
higienizarse las manos de inmediato.
Disponer en área de espera y/o alto tránsito de cestos de basura de boca ancha y sin tapa
para desechar los pañuelos descartables utilizados.

1.1.5. Desinfección de superficies y ventilación de ambientes
Debe respetarse en todo momento la normativa vigente sobre limpieza y desinfección según
rubro y actividad.
Realizar desinfección diaria de superficies. La frecuencia de desinfección debe ser adecuada
al tránsito y la acumulación de personas, la época del año y la complementación con la
ventilación de ambientes.
Realizar limpieza de las superficies con agua y detergente antes de la desinfección.
Proveer de los elementos necesarios para efectuar la limpieza húmeda (balde, trapeador,
paño, agua, detergente) y desinfección (recipiente, trapeador o paño, agua hipoclorito de
sodio de uso doméstico con concentración de 55 gr/litro en dilución para alcanzar 500 a 1000
ppm de cloro -100 ml de lavandina en 10 litros de agua).
Las soluciones de lavandina deben utilizarse dentro de las 24 horas de preparadas para
asegurar su eficacia.
Ventilar regularmente los ambientes cerrados (al menos una vez al día), sobre todo en
período invernal o de bajas temperaturas para permitir el recambio de aire.
No se recomienda rociar o frotar la ropa, el calzado, bolsos, carteras u otras pertenencias
con alcohol, lavandina u otras soluciones desinfectantes.
No se recomienda el uso de “cabinas desinfectantes” u otro tipo de dispositivos que impliquen
el rociado de soluciones desinfectantes sobre las personas, este tipo de intervenciones no
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sólo no tienen utilidad demostrada en la prevención de la transmisión de virus respiratorios,
sino que su uso puede asociarse a potenciales efectos nocivos.
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/poblacion/limpieza-domiciliaria

1.1.6. Transporte desde y hacia el lugar de trabajo
Se aconseja el uso de medios de transporte individuales (automóvil, bicicleta, entre otros).
Se debe recordar mantenerlo ventilado para garantizar la higiene y la desinfección del interior
del mismo.
Se deben facilitar medios de transporte específicos para los trabajadores.
Siempre que no esté prohibido, si fuere indispensable, el uso del transporte público y
exclusivamente para las actividades en las cuales se encuentra autorizado, se recomienda:
▪ Uso de barbijo o tapabocas en todo momento.
▪ Recordar la importancia de una buena higiene de las manos antes, durante y después de
los desplazamientos a realizar.
▪ Desplazarse provisto de un kit de higiene personal (jabón de tocador, alcohol en gel,
pañuelos descartables, toallas para secarse las manos).
▪ Respetar las distancias recomendadas de (como mínimo 1,5 metros e idealmente 2 metros).
Dejar un asiento libre entre pasajeros.
▪ Evitar los aglomeramientos en los puntos de acceso al transporte que se vaya a utilizar.
Al regresar a casa,
▪ Retirar el barbijo desde el elástico evitando tocar el frente, y ponerlo a lavar (o tirarlo si es
descartable).
▪ Realizar lavado de manos inmediatamente al ingresar y siempre antes del contacto con
superficies.
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/poblacion/salir-de-casa

1.1.7. Acciones junto a los/as trabajadores/as
a. Comité de crisis:
Se sugiere establecer un comité de crisis conformado por todas las partes involucradas, que
establezcan y monitoricen el protocolo a seguir, así como también los responsables de
garantizar el cumplimiento del mismo.
b. Identificación de personal en riesgo:

  • Dentro de la nómina de personal que desarrolle las actividades, están exentas del deber
    de asistencia al lugar de trabajo, de acuerdo a lo establecido por el Poder Ejecutivo Nacional,
    a través de la Resolución N°207/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social,
    en su artículo 1°, aquellas personas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para
    el cuidado de niños, niñas o adolescentes y las siguientes personas incluidas en los grupos
    en riesgo:
     Mayores de sesenta (60) años de edad, excepto que sean considerados “personal
    esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento”.
     Personas gestantes.
     Personas con enfermedad respiratoria crónica: enfermedad pulmonar obstructiva
    crónica (EPOC), enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias,
    fibrosis quística y asma moderado o severo.
     Personas con enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria,
    valvulopatías y cardiopatías congénitas.
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     Personas con inmunodeficiencias y estados de inmunodepresión.
     Personas con diabetes
     Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a
    diálisis en los siguientes seis meses.
     Personas con enfermedad hepática avanzada. Recordar: se debe asegurar el respeto
    de la privacidad y confidencialidad de la información médica de los trabajadores y las
    trabajadoras, con especial atención a la información relacionada a patologías que
    configuren factores de riesgo para formas graves de COVID-19.
    https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/poblacion/mayores

c. Organización del trabajo

  • Promover el teletrabajo en la organización.
  • Para aquellos que deban asistir en forma presencial reforzar la importancia de que ante la
    presencia de síntomas (fiebre, tos, dolor de garganta, dificultad para respirar, alteraciones en
    el olfato o gusto) los/las trabajadores/as no acudan al trabajo, notifiquen a sus superiores y
    al servicio de medicina laboral, y se solicite atención por parte del sistema de salud en forma
    inmediata. Utilizar como referencia para ello la definición de caso vigente del Ministerio de
    Salud de la Nación que se actualiza de manera permanente.
    https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/definicion-de-caso
  • Adecuar las diferentes tareas fundamentales del establecimiento en base a turnos rotativos
    de trabajo1 y disposición de descansos de manera tal de garantizar, durante toda la jornada
    de trabajo (incluyendo ingreso y egreso a las instituciones, jornada laboral y momentos de
    descanso), la distancia entre personas de 2 metros o de1,5 metros como mínimo aceptable.
  • Garantizar la mínima convivencia simultánea de personas en un mismo espacio físico
    cerrado.
  • Escalonar el horario de ingreso/egreso de trabajadores/as cuyas tareas deban realizarse
    en forma presencial para evitar aglomeraciones en los puntos de acceso a los
    establecimientos y reducir la ocupación del transporte público en horas pico.
  • Impartir instrucciones a los responsables y realizar seguimiento de cada área para que
    reduzcan al mínimo indispensable la presencia de los trabajadores y las trabajadoras en los
    lugares de trabajo.
  • Asignar turnos a usuarios, usuarias, clientes y proveedores en forma electrónica (por
    teléfono/correo electrónico)2
    https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/atencion-publico

1.2. MEDIDAS PARA LA DETECCIÓN Y MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS Y
CONTACTOS ESTRECHOS

  • Desarrollar actividades de identificación de potenciales casos mediante la medición de
    temperatura corporal, fomentando el autorreporte y la realización de cuestionarios sencillos
    para la detección de posibles síntomas previo al ingreso al lugar de trabajo.
  • Si se instaura la medición de temperatura al ingreso a la institución, esta debe realizarse
    empleando termómetros infrarrojos que no impliquen contacto físico directo. La persona
    encargada de la medición de temperatura debe contar con equipo de protección personal
    apropiado. – No permitir el ingreso a los locales o establecimientos donde se desarrolla la
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    actividad de personas con temperatura igual o mayor a 37,5°C o que presenten los síntomas
    propios del COVID-19.
  • Evitar la estigmatización y la discriminación de personas sintomáticas o afectadas por
    COVID-19 y sus contactos estrechos.
  • Establecer medidas a adoptar en el local o establecimiento para aislar a una persona que
    manifieste síntomas de COVID-19 para lo cual se sugiere disponer una sala o zona en donde
    la persona con síntomas no tenga contacto con otras personas y espere hasta ser evaluada
    adecuadamente. Se debe proceder de acuerdo a lo establecido o según lo indicado por las
    autoridades locales de salud de la jurisdicción.
  • Ante la identificación de personal con síntomas respiratorios o fiebre, contactar
    inmediatamente al Sistema de Emergencias de salud local para su evaluación y eventual
    trasladado a una institución de salud. Debe notificarse toda sospecha de COVID-19 a la
    autoridad sanitaria local.

Se considera contacto estrecho a:

  • Toda persona que haya proporcionado cuidados a un caso confirmado mientras el caso
    presentaba síntomas y que no hayan utilizado las medidas de protección personal
    adecuadas.
  • Cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a 2 metros y durante al
    menos 15 minutos con un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas. (ej.
    convivientes, visitas, compañeros de trabajo)
  • La utilización de elementos de protección personal para cada actividad se detallan en
    https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID19/recomendaciones-uso-epp
    Los contactos estrechos cumplirán indefectiblemente 14 días de aislamiento domiciliario y
    realizarán monitoreo estricto de los síntomas. Los 14 días se considerarán a partir del último
    día de contacto con el caso confirmado.
    https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/Identificacion-yseguimiento-decontactos.
    CAPITULO 2. PARTICULARIDADES
    2.1. PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO
    2.1.1. Control preventivo
    Implementar medidas de control al personal, previo a su ingreso a trabajar, para la detección
    de síntomas compatibles con COVID-19 y designar responsables, previamente capacitados,
    para la tarea. La detección se puede lograr a través de varias técnicas incluyendo equipo de
    detección (tal como termómetros sin contacto) y/o cuestionarios sencillos.
    Si se establece la medición de temperatura al ingreso al establecimiento, esta debe realizarse
    empleando termómetros infrarrojos que no impliquen contacto físico directo. Las personas
    encargadas de la medición de temperatura deben contar con equipo de protección personal
    apropiado.
    Se deberán establecer medidas para aislar a una persona que manifieste síntomas de
    COVID-19 para lo cual se sugiere disponer una sala o zona en donde la persona con
    síntomas no tenga contacto con otras y espere hasta ser evaluada adecuadamente.
    Ante la identificación de personal con síntomas respiratorios o fiebre, se debe contactar
    inmediatamente al Sistema de Emergencias de salud local para su evaluación y eventual
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    trasladado a una institución de salud. Toda sospecha de COVID-19 debe notificarse a la
    autoridad sanitaria local.
    El mismo procedimiento deberá aplicarse en caso de trabajadores de empresas
    tercerizadas.
    Toda la información recabada respecto de los empleados en este contexto es de uso
    confidencial y está protegida por la Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales.
    2.1.2. Distanciamiento social
    Comunicar las medidas adoptadas para el cumplimiento del distanciamiento social, capacitar
    al personal y controlar su observancia.
    Mantener, en todo momento, una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros e idealmente
    de 2 metros. No exceder en ningún momento la densidad de ocupación recomendada,
    establecida en 1 persona cada 2,25 metros cuadrados.
    Contemplar las medidas de distanciamiento social dentro y fuera del establecimiento, en
    todas las áreas comunes como recepción y/o lobby, salón comedor, pasillos, sanitarios,
    estacionamientos, y en todo otro sector del establecimiento donde pueda llegar a confluir una
    numerosa cantidad de personas en forma simultánea.
    2.1.3. Higiene de manos y respiratoria
    Lavarse las manos regularmente asegurando que el tiempo de duración del lavado oscile
    entre 40 y 60 segundos.
    Disponer de alcohol en gel en los puestos de trabajo donde el personal no tenga acceso al
    lavado de manos con agua y jabón.
    Todo personal que tenga contacto con clientes deberá utilizar barbijos o tapabocas, de
    acuerdo a la fase y las medidas dictadas en su jurisdicción.
    Excepto en tareas específicas (limpieza, contacto directo con secreciones), evitar el uso de
    guantes dada la mayor persistencia de partículas virales viables sobre el látex/nitrilo.
    Desestimar el uso de guantes para manipulación de documentación reforzando, en su lugar,
    el lavado frecuente de manos. Tener presente que el uso de guantes no reemplaza el lavado
    de manos.
    Considerar la protección de los ojos (gafas o máscara facial) en tareas puntuales. El nivel de
    protección dependerá de la actividad a realizar.
    2.1.4. Capacitación
    Se deberá informar y capacitar a los trabajadores y las trabajadoras en reconocimiento de
    síntomas de la enfermedad (de acuerdo con lo establecido en el Decreto 260/2020 art 15) y
    de las medidas de prevención de COVID-19 de acuerdo con la información oficial que
    comunica el Ministerio de Salud de la Nación. Toda la información que se difunda en este
    marco podrá ser descargada de https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-covid.
    Planificar las actividades, asegurándose que todo el personal se capacite.
    Las capacitaciones pueden ser brindadas por la misma organización o por terceros.
    Realizarlas preferentemente en forma remota o, si fuera presencial, mantener en todo
    momento una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros e idealmente de 2 metros, la
    densidad de ocupación no puede exceder en ningún momento 1 persona cada 2,25 metros
    cuadrados.

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2.2. ATENCION DEL CLIENTE
2.2.1. Servicio de restaurante
Se recomienda ofrecer servicio de reserva anticipada a fin de planificar la cantidad de
comensales desde el día anterior, previendo un tiempo prudente de consumo para cada
reserva y cumplimiento del distanciamiento social. Asimismo, informar las condiciones de la
reserva, tales como tiempo de tolerancia, horarios de atención, menú disponible, opciones
particulares, cantidad máxima de comensales por cada reserva, condiciones de accesibilidad
del local, así como cualquier medida dispuesta para la permanencia en el mismo.
Se recomienda exhibir en un formato visible al ingreso al Restaurante, una leyenda que
advierta a los clientes el deber de no ingresar al establecimiento si cumple los criterios de
caso sospechoso vigente, definido por el Ministerio de Salud de la Nación. La definición de
caso es dinámica y puede variar según situación epidemiológica, por lo que deberá
mantenerse actualizada permanentemente.
Caso sospechoso: toda persona que presente fiebre (37.5º o más) y uno o más de los
síntomas compatibles con COVID-19 (dolor de garganta, tos, dificultad respiratoria, pérdida
del olfato o pérdida del gusto de reciente aparición), que resida o haya transitado en zonas
de transmisión local en Argentina.
Asimismo, no deben ingresar al establecimiento quienes hayan regresado de un país
considerado de riesgo en los últimos 14 días, o hayan estado en contacto con algún infectado
o con una persona que haya regresado de un país de riesgo en los últimos 14 días, que
deban cumplir con el aislamiento obligatorio.
Se sugiere recordar que no cumplir con el aislamiento está penalizado por el DNU art. 205 y
239, y puede ser sancionado acorde al Código Penal de la Nación.
Comunicar a las/los clientes las políticas que el local está tomando para preservar su
seguridad y salud. Informar, si están estipuladas, pautas de circulación dentro del local.
Señalizar cantidad máxima de personas por área de servicio y controlar que no se supere la
misma, cumpliendo las pautas de distanciamiento. Asegurar que la densidad de ocupación
no exceda, en ningún momento, 1 persona cada 2,25 metros cuadrados.
Se sugiere brindar opciones de pago a través de medios digitales que eviten la manipulación
de dinero, por ejemplo, tarjetas de débito, crédito, billeteras virtuales y/o pagos con Códigos
QR.
Se sugiere exhibir el menú en carteles, atriles o pizarras, dispuestos en el exterior y/o interior
del local, presentar la carta en formato digital o plastificada para facilitar su desinfección, para
facilitar el cumplimiento del distanciamiento social.
Requerir durante el ingreso y la permanencia de personas el uso de tapabocas que cubra la
nariz, la boca y el mentón, mientras las normas vigentes en su jurisdicción lo exijan. Los
comensales podrán quitarse el tapabocas solamente para ingerir alimentos y/o bebidas.
Evitar la colocación de manteles. Utilizar individuales y retirarlos luego de cada uso para su
limpieza y desinfección. En caso de tener que utilizar manteles, cubrirlos con un protector de
nylon cristal para facilitar su limpieza o cambiarlos tras la utilización de cada cliente. Las
servilletas del servicio deben ser de papel, sin excepción.
Implementar una adecuada política de lavado de vajilla.
Ofrecer a las y los clientes solución de alcohol 70%, agua 30% antes de ingresar.
Se recomienda no disponer utensilios platos, vasos, etc. en las mesas antes de la llegada de
las y los comensales.
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Brindar el servicio con personal del establecimiento, evitar en la medida de lo posible el
autoservicio de alimentos. Se sugiere ofrecer platos a la carta, en porciones individuales.
Asegurar la desinfección de los utensilios utilizados entre comensal y comensal. Cambiar
frecuentemente las pinzas, cucharas y otros utensilios utilizados.
Ofrecer bebidas cerradas en botella o lata.
2.2.2. Servicio de comida para llevar o take away
Si el restaurante brinda servicio de comida para llevar o take away, deberá:
Establecer el uso obligatorio, tanto para el personal como para terceros, de elementos de
protección respiratoria que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en el
lugar.
No trabajar con la ropa de calle, contar con uniforme exclusivamente destinado para el
trabajo. Cuando esté estipulado su uso, se deberá lavar con mayor frecuencia y si está
previsto, preferentemente dentro del ámbito laboral, a temperatura mayor a 60ºC. Se deberá
destinar, cuando sea posible, un lugar o vestuario para que el personal deje su ropa de calle
y evitar el cruzamiento con bolsas, utensilios, u otros elementos de uso laboral.
Mantener en todo momento una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros e idealmente
de 2 metros. La densidad de ocupación no puede exceder en ningún momento 1 persona
cada 2,25 metros cuadrados. Señalizar esa separación en los lugares donde las personas
realizan filas para ingresar, solicitar y pagar.
Contar con solución a base de alcohol al 70% en cada sector de atención.
Lavarse las manos con agua y jabón o utilizar alcohol en gel antes y después de cada entrega
o pedido.
Evitar la concentración de clientes en el local, teniendo en cuenta los momentos de mayor
cantidad de pedidos. Se sugiere establecer horarios escalonados de atención.
Se sugiere mantener un canal de comunicación virtual y comunicar la disponibilidad del
pedido, por ejemplo, por SMS.
Se recomienda considerar la instalación de medidas físicas (mamparas, paneles de vidrio)
en los mostradores o sectores de cajas.
Priorizar la atención de los grupos de riesgo.
Minimizar todo contacto directo. Evitar la entrega del pedido en mano al cliente.
Chequear que los paquetes estén perfectamente cerrados.
Limpiar con frecuencia las herramientas y maquinaria que se comparta.
Cuando se brinde servicio de compra y entrega desde el vehículo, procurar que el/la cliente
no descienda del mismo.
Informar a las y los clientes las medidas adoptadas por el establecimiento y los recaudos a
tener en cuenta debido a COVID-19.
2.2.3. Servicio de entrega a domicilio o delivery
Si el restaurante brinda servicio propio de entrega a domicilio o delivery, deberá:
Extremar las condiciones de higiene y seguridad del personal conforme las recomendaciones
establecidas.
Cumplir las disposiciones vigentes en materia de manipulación de alimentos.
Evitar la manipulación de los paquetes una vez que salen de la cocina.
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Se sugiere dar aviso al cliente antes de la llegada, vía chat u otro medio, para evitar tiempos
de espera en espacios compartidos.
Preferentemente debe evitarse la manipulación de dinero en el reparto, trabajando de ser
posible, con un sistema de entrega prepago u optar por medios de pagos electrónicos.
El repartidor o repartidora deberá tener alcohol en gel disponible, de fácil acceso.
Fomentar la realización del pedido con anticipación, ya sea a través de teléfono o de
aplicaciones de reparto a fin de que el repartidor o la repartidora acudan al local únicamente
a retirar el pedido.
En caso de utilizarse mochilas o cajas habituales de traslado en delivery, estos deben ser
desinfectados previamente con solución del alcohol 70% o lavandina en las concentraciones
recomendadas.
En caso de utilizarse autos, motos o bicicletas éstas deberán lavarse y desinfectarse
previamente en los lugares habilitados a tal efecto.
El personal afectado a las tareas de distribución a domicilio deberá cumplir todas las normas
de desinfección, prevención y cuidado estipuladas.
El distribuidor/distribuidora debe evitar el contacto directo en la maniobra de entrega, dejando
los bolsones a la distancia preventiva recomendada (1,5 mts) de la persona que lo recibe.
2.3. ESPACIOS DEL ESTABLECIMIENTO
2.3.1. Disposición del mobiliario
Disponer el mobiliario de los distintos espacios comunes del establecimiento, respetando las
distancias recomendadas. En caso de que no pueda mantenerse distancia mínima de
seguridad (2 metros ideal, mínimo 1,5 metros) entre puestos de trabajo, considerar la
instalación de medidas físicas (mamparas, paneles de vidrio) de fácil limpieza.
Disponer las mesas en el salón de tal forma que las distancias entre el respaldo entre sillas
de una mesa y otra sea como mínimo de 1,5 m.
Indicar la capacidad máxima de personas en las áreas de uso común, según los metros
cuadrados del espacio, que permitan cumplir con la distancia social reglamentaria.
En ascensores, sugerir el uso individual o bien no ocupar más del 30% de la superficie de la
cabina. Estas indicaciones deben ser legibles y estar ubicadas en un lugar visible.
Ofrecer alcohol en gel en todos los espacios comunes y garantizar la provisión de agua y
jabón en sanitarios, asegurando su reposición.
2.3.2. Zonas de circulación
Generar, en la medida de lo posible, un sólo sentido de circulación, disponiendo un área de
ingreso y otra de egreso principal y a los distintos sectores del establecimiento, evitando el
cruce entre personas y reduciendo la proximidad entre las mismas.
Incorporar señalética que organice la circulación de las personas e identifique los diferentes
espacios.
Señalizar claramente o bloquear el acceso a las áreas que se encuentren restringidas.
No permitir el ingreso a áreas de juegos, en principio. Esto podría variar según la fase de la
pandemia.
Cuando estén permitidas las reuniones sociales, respetar la cantidad máxima de
asistentes autorizada por la autoridad Sanitaria, respetando el distanciamiento social
establecido.
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Exhibir en espacios de circulación común información oficial de prevención y números de
teléfono que el Ministerio de Salud de la Nación y las autoridades locales hayan determinado
para la atención de la problemática del coronavirus.
2.4. AREA DE PRODUCCION
2.4.1. Área de cocina
Organizar al personal en grupos de trabajo o equipos para facilitar la interacción reducida
entre personas, de manera de cumplir el distanciamiento obligatorio. De no ser posible,
extremar las medidas de protección sanitaria.
Cumplir con las disposiciones vigentes en materia de manipulación de alimentos en la
elaboración, servicio y almacenamiento de productos, reforzando su sistema de trazabilidad
para materias primas y productos elaborados, que aseguren su seguimiento y rastreo.
Limpiar y desinfectar superficies y equipos, instalaciones y espacios que se utilizan para
preparar/almacenar alimentos, como mesadas, alacenas, despensas, depósitos, heladera,
electrodomésticos, entre otros. al inicio y durante las tareas.
Cocinar los alimentos por encima de los 70ºC y mantener la cadena de frío, conservarlos a
temperatura y humedad segura, revisar fechas de vencimiento, evitar contaminaciones
cruzadas, entre otros.
Lavar la vajilla con detergente y agua caliente. Luego desinfectar con alcohol al 70%.
Enjuagar frutas y verduras con agua para eliminar tierra e impurezas. Luego, se pueden
desinfectar sumergiéndolas en agua con 1,5ml (media cuchara de té aproximadamente) de
lavandina por litro de agua (dejando actuar 20 minutos). Debe ser lavandina de uso
doméstico (con concentración de 55 gr/litro). Se deben volver a enjuagar bien con abundante
agua antes de consumir.
Cubrirse con el pliegue del codo en caso de toser o estornudar, para evitar propagación de
fluidos, proceder a lavarse y/o desinfectar las manos.
Cumplir con el lavado de manos con agua y jabón o alcohol en gel o alcohol al 70%: al
ingresar a la cocina, manipular basura, toser, recibir la mercadería, al limpiar las superficies
y utensilios que estén en contacto con los alimentos, al regresar del baño, luego de trabajar
con productos diferentes, tocar elementos ajenos a la elaboración o de realizar otras tareas.
Procurar que el personal que no esté involucrado en la preparación de alimentos no ingrese
a la cocina y a los almacenes de alimentos.
2.4.2. Recepción de mercadería
Se sugiere, de ser posible, definir y acordar con los proveedores un cronograma de entrega
que evite el aglomeramiento de personas y un procedimiento de recepción de mercadería.
Mantener una distancia mínima de 1,5 metros con proveedores y/o transportistas, siendo la
medida de distanciamiento ideal de 2 metros.
Disponer de trapo de piso con lavandina en la puerta de ingreso al área destinada a la
recepción de mercadería.
Utilizar elementos de protección, tapabocas y guantes de látex resistentes para la recepción
de la mercadería.
En caso de que la mercadería se ingrese utilizando un carro de transporte, desinfectar las
ruedas del mismo previo al ingreso, con agua con hipoclorito de sodio de uso doméstico con
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concentración de 55 gr/litro en dilución para alcanzar 500 a 1000 ppm de cloro -100 ml de
lavandina en 10 litros de agua.
Antes de colocar la mercadería en sus lugares de almacenamiento, cámaras o depósitos,
sanitizar los envases originales. Esto se puede realizar con un paño húmedo embebido en
una solución desinfectante.
Almacenar los productos de limpieza y desinfección en un sitio exclusivo para tal fin. El mismo
debe estar ventilado, ser de fácil acceso para el personal, y bajo ninguna circunstancia
compartir estantes o disponerse junto con alimentos, bebidas o utensilios, ni estar al alcance
de niños, niñas u otras personas ajenas a la organización
Durante el procedimiento de recepción de mercadería lavar frecuentemente las manos con
agua y jabón y/o alcohol al 70%.
Enjuagar frutas y verduras con agua para eliminar tierra e impurezas. Se podrá luego
desinfectar sumergiéndolas en agua con 1,5 ml (media cuchara de té aproximadamente) de
lavandina por litro de agua (dejando actuar 20 minutos). Debe ser lavandina de uso
doméstico (con concentración de 55 gr/litro). Antes de consumir, volver a enjuagar con
abundante agua.
Limpiar y desinfectar varias veces al día las instalaciones y espacios que se utilizan para
recibir, clasificar y almacenar alimentos, como mesadas, alacenas, despensas, heladera,
electrodomésticos.
Verificar que los productos adquiridos cuenten con la autorización de ANMAT Para mayor
información, se puede visitar el sitio:
https://www.argentina.gob.ar/anmat.
Asegurar la correcta dosificación, identificación y caducidad de los productos que requieran
ser diluidos. Usar según instrucciones del fabricante.
Asegurar la inalterabilidad y uso adecuado de productos que requieran ser reenvasados,
etiquetando el nuevo envase de manera visible, indicando su contenido y, en los casos que
corresponda, su fecha de caducidad. Asimismo, evitar la utilización de botellas de bebidas o
refrescos que puedan inducir a confusión.
2.5. TAREAS DE LIMPIEZA

2.5.1. Generales
Intensificar la limpieza y desinfección de las áreas de ingreso al establecimiento.
Mantener limpias y desinfectadas las áreas de atención al público al menos tres veces al día,
y de acuerdo a los horarios de ingreso/egreso/actividades que se realicen.
Mantener registro de las tareas de limpieza.
Ventilar de forma diaria y recurrente los espacios comunes y restringir el uso de aquellos
espacios que no puedan cumplir con esta medida.
Planificar las tareas de limpieza y desinfección de las zonas externas.
Aumentar la frecuencia del cambio de manteles.
Lavarse las manos con agua y jabón o con solución a base de alcohol al 70% inmediatamente
después de manipular la mantelería sucia.
Evitar sacudir la mantelería sucia.
Lavar de forma industrial los manteles y cubremanteles, en caso de utilizar mantelería de
tela.
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Desinfectar constantemente las mesas en cada recambio, eliminado los residuos y rociando
con solución desinfectante sobre las superficies después de la limpieza o antes del siguiente
cliente.
Ventilar salones y comedores luego de cada servicio permitiendo la circulación y renovación
del aire y, siempre que las condiciones climáticas lo permitan, considerar esta práctica
durante el servicio.
Durante y luego de cada servicio, reforzar la limpieza y desinfección de superficies, máquinas
dispensadoras, picaportes de puertas, cartas de menús, mostradores de bares, y en general,
de cualquier otra superficie que haya podido ser tocada con las manos.

2.5.2. En cocina y sanitarios

Limpiar y desinfectar frecuentemente pisos y paredes de cocina y sanitarios durante y
finalizado el servicio, utilizando para ello cloro y derivados.
Lavar y desinfectar toda la vajilla, cubertería y cristalería en el lavavajillas, incluida la que, al
finalizar el servicio, no se haya utilizado, pero haya podido estar en contacto con las manos
de las/los clientes.
Para el lavado mecánico, la temperatura del agua debe ser superior a 80°C.
En área de cocina, limpiar y desinfectar, al menos tres veces al día, los mangos, las asas,
los picaportes y manijas de puertas y los grifos e interruptores que entran frecuentemente en
contacto con las manos del personal de cocina y de camareras y camareros.
Limpiar y desinfectar diariamente las superficies del sanitario al menos cuatro veces al día y
según la frecuencia del uso, utilizando un desinfectante doméstico que contenga lavandina
con concentración de 55 gr/litro diluida (10 ml ó 2 cucharadas soperas de lavandina en 1 litro
de agua). De utilizar una lavandina comercial con concentración de 25 g/l, colocar el doble
volumen de lavandina para lograr una correcta desinfección, preparado el mismo día que se
va a utilizar. La lavandina diluida debe utilizarse dentro de las 24hs dado que pierde su
efectividad. Llevar el correspondiente registro.
En sanitarios, reforzar la desinfección de picaportes, pasamanos, griferías, pulsadores o
tiradores de inodoros y todo elemento de uso y contacto frecuente.
Lavar con abundante agua y jabón los paños utilizados para realizar la limpieza y
desinfección a fin de asegurar que los mismos estén higienizados cada vez que se utilicen.
Se podrá utilizar también material desechable para realizar la limpieza.
Mantener constantemente ventilados sectores de cocina y sanitarios.
2.6. MANTENIMIENTO
Revisar diariamente el funcionamiento de dispensadores de jabón, gel desinfectante, papel
descartable – entre otros-, procediendo a reparar o sustituir aquellos equipos que presenten
averías.
Vigilar el funcionamiento de sanitarios y grifos de aseos comunes.
Comprobar el funcionamiento de todos los lavavajillas, a fin de que sean correctas las
temperaturas a alcanzar (superior a 80ºC en el aclarado) y la dosificación de productos
químicos.
Revisar el sistema de aire acondicionado y especialmente la limpieza de filtros.
Mantener la climatización en una temperatura ambiente entre 23–26ºC, asegurando una
suficiente renovación del aire.
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Controlar periódicamente la temperatura de las cámaras de conservación, refrigeración y/o
congelación de alimentos, anotando el registro de control de temperatura y cualquier
incidencia detectada.
Disponer de un registro de estas acciones.
2.7. RESIDUOS
Proveer de bolsas/cestos/recipientes de acumulación del descarte de EPP y si se utiliza ropa
de trabajo descartable.
Identificar y señalizar lugares destinados a la disposición de residuos.
Mantener la limpieza y desinfección de los depósitos de residuos.
Cada vez que se realice el retiro de los residuos, utilizar guantes (descartables
preferiblemente) y protección respiratoria (Tapaboca).
Realizar la disposición y la gestión de residuos de EPP y de ropa de trabajo descartables, si
se utiliza, del conjunto de trabajadores en forma diaria. Se recomienda adoptar de referencia
las instrucciones del Ministerio de Salud de la Nación: “COVID-19. Recomendaciones para
la gestión de residuos domiciliarios de pacientes en cuarentena”
https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19

ACLARACIONES FINALES
a. Recomendaciones específicas para Personas con Discapacidad
1) Ante la presencia de una persona con discapacidad tener en cuenta la comunicación y
los sistemas de apoyo.
2) Realizar de manera frecuente la limpieza de las ayudas técnicas, como bastones,
muletas, andadores, elevadores y silla de ruedas. Ver guía práctica Coronavirus
Discapacidad. Protocolo de Circulación de las personas con Discapacidad (Apéndice
4).
3) Los profesionales de la salud que asistan a personas con discapacidad en procesos
subagudos podrán realizar el tratamiento domiciliariamente, conforme complejidad del
paciente y certificado médico, asegurando todas las medidas de bioseguridad vigentes.
Ante cualquier duda comunicarse de la siguiente manera:
Por patologías o consultas: 351 – 2071562.
Personas sordas a través de video llamadas: 351 – 2072724.
Mail: [email protected]
b. Como condición previa para llevar adelante este proceso de flexibilización, los municipios
y comunas deberán sostener, en el marco de sus competencias, un estricto control sobre
los comercios alcanzados por el presente protocolo.
c. Cabe señalar que el COE Central se reservará la potestad de modificar y/o tomar las
decisiones necesarias para contener situaciones epidemiológicas puntuales que pudieran
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surgir. Cómo así también modificar las flexibilizaciones otorgadas en el presente protocolo
si la situación sanitaria lo amerita.

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