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Se habilitan las celebraciones religiosas. Aquí el protocolo

por Gabriela Monqaut

Durante esta semana, a solicitud de la Región Pastoral Centro de la Iglesia Católica, se trabajó también en la actualización del protocolo de cultos para permitir desde ahora, en el interior provincial, la realización de misas, pero ocupando únicamente la mitad de la capacidad del templo o iglesia y asegurando la distancia social de dos metros. Además, los fieles deberán utilizar en todo momento barbijo no quirúrgico.

Cabe aclarar que, a través del COMIPAZ, se puso a disposición la posibilidad de habilitar otras celebraciones en el interior para todos los cultos, lo cual se está evaluando al interior de cada uno.

PROTOCOLO DE FLEXIBILIZACIÓN DE LAS IGLESIAS Y TEMPLOS DE CULTO
EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

  1. FINALIDAD
    Dentro del esquema de flexibilización del aislamiento social preventivo y obligatorio fijado
    por el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto Nacional Nro. 459/20, y sus
    atribuciones otorgadas al Jefe de Gabinete de Ministros como “Coordinador de la Unidad
    de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud
    Pública de Importancia Internacional”, para la implementación progresiva y escalonada
    de las distintas actividades, se instrumenta a través del presente, la apertura de las
    iglesias y templos de culto.
  2. ALCANCE
    El presente protocolo tiene por finalidad establecer los alcances de la flexibilización fijada
    por el Jefe de Gabinete de Ministros, para la apertura de las iglesias y templos de los
    cultos reconocidos por el Estado, en el ámbito de la provincia de Córdoba.
  3. INSTRUCCIONES DE APLICACIÓN
    1) Instrucciones generales:
    a. Los templos de culto podrán abrir sus puertas de lunes a domingo de 1400 a 2000
    horas.
    b. En su interior se podrán realizar las siguientes actividades:
    a) Oraciones individuales.
    b) Confesiones.
    c) Ayuda y orientación espiritual individual.
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    d) Se autorizan a celebrarse los siguientes sacramentos teniendo en cuenta las
    consideraciones que a continuación se mencionan:
     Casamientos: sólo se autoriza a concurrir a los novios y padrinos o padres,
    no pudiendo superar la cantidad de OCHO (8) personas incluyendo al
    celebrante y al eventual asistente.
     Bautismos: sólo se autoriza a concurrir a los padres y padrinos, no pudiendo
    superar la cantidad de SIETE (7) personas incluyendo al bautizado, al
    celebrante y al eventual asistente.
    c. No están permitidas las celebraciones comunitarias, con las salvedades del
    apéndice 1. .
    d. El líder espiritual previamente acordará los turnos para recibir a los fieles que
    soliciten ayuda, orientación espiritual o confesiones.
    e. No deberá haber agua bendita en las pilas.
    f. Se autoriza la presencia de personal de limpieza, teniendo en cuenta las
    dimensiones del templo, no debiendo superar en ningun caso la cantidad de
    CUATRO (4) personas.
    g. Se autoriza la presencia de personal administrativo, no debiendo superar en
    ningun caso la cantidad de DOS (2) personas.
    2) Normas de bioseguridad:
    Además de las normas de bioseguridad establecidas en el protocolo correspondiente
    emitido por el COE, se deberán tener en cuenta las siguientes aclaraciones:
    a. Se dispondrá de solución de agua con alcohol al 70% / alcohol en gel al ingreso
    del templo.
    b. Se deberá concurrir con barbijo y/o tapaboca.
    c. Se permitirá la permanencia de una persona cada 20 metros cuadrados.
    d. No podrá haber más de una persona por banco.
    e. El sacramento de la reconciliación podrá celebrarse empleando los confesionarios
    debidamente acondicionados con nylon o plásticos divisorios, de lo contrario en
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    otro lugar se deberá guardar la distancia mínima necesaria (2 metros) sin que
    perjudique a la confidencialidad.
    f. Las puertas del templo deberán permanecer abiertas para permitir la ventilación
    del mismo, durante las horas de funcionamiento.
    g. Se deberá evitar la manipulación de bancos, puertas, pasamanos, barandas y
    manijas.
    h. El camino de entrada y salida deberá ser desinfectado con regularidad.
    i. Se mantiene la imposibilidad de asistir a los templos a los grupos de riesgo y a
    cualquier persona que presente síntomas compatibles con COVD-19.
    j. Se deberá controlar el número de fieles permitidos. Una vez completado este
    número, no podrá ingresar nadie más al recinto.
    k. Se deberá colocar a la entrada y salida un trapo o felpudo embebido en agua con
    lavandina para desinfectar el calzado.
    l. Se deberá realizar la desinfección de los templos y lugares empleados en las
    siguientes oportunidades: antes de la apertura, a las 1600 horas, a las 1800 y una
    vez cerradas las puertas de ingreso.
    m.Personal de la secretaría del templo colocará cartelería con las medidas de
    bioseguridad que limiten el contacto físico y con objetos de culto.
  4. RECOMENDACIONES ESPECÍFICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
    Ante la presencia de una persona con discapacidad tener en cuenta la comunicación y los
    sistemas de apoyo.
    Realizar de manera frecuente la limpieza de las ayudas técnicas, como bastones, muletas,
    andadores, elevadores y silla de ruedas. Ver guía práctica Coronavirus Discapacidad.
    Ver Protocolo de Circulación de las personas con Discapacidad (Apéndice 4)
    Ante cualquier duda comunicarse al:
    351 – 2071562 por patologías o consultas.
    351 – 2072724 personas sordas a través de video llamadas.

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