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Coronavirus: se flexibilizarán actividades en las zonas blancas. (En Alta Gracia NO)

por Gabriela Monqaut

En función de las nuevas medidas tomadas por el Gobierno Nacional, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio por el COVID-19 y de la facultad delegada hacia las provincias en esta nueva etapa, desde el COE Central de la Provincia de Córdoba se definió la modalidad que tendrá en el territorio provincial en la denominada “cuarentena en fase de segmentación geográfica”.

Cabe destacar que el grupo de riesgo considerado en esta pandemia a personas mayores de 60 años, no se aplican las nuevas medidas de esta fase continuando con el aislamiento social preventivo y obligatorio. 

De acuerdo a criterios epidemiológicos y de características de densidad poblacional de las distintas localidades, se clasificaron las distintas áreas en dos categorías: zonas rojas y zonas blancas.

Se consideran zonas blancas aquellas conformadas por localidades que no cuentan con casos positivos activos (nula circulación viral) y que no se encuentren dentro de los grandes conglomerados.

En estos casos, la flexibilización del aislamiento comprende las siguientes actividades: obra privada, comercios y profesiones independientes; cada una con sus respectivos protocolos como guías obligatorias para la correcta implementación de las actividades flexibilizadas.

En cuanto a los comercios se regirán días (de lunes a sábado) y horarios (de 8hs a 16hs) para la apertura de los diferentes rubros, mientras que la concurrencia se efectuará según sea la terminación del DNI. Quienes finalicen su DNI con números pares podrán concurrir los días del mes pares e impares los días impares. Las actividades comerciales comprendidas en esta flexibilización son aquellas que no impliquen permanencia del cliente en el local comercial.

Para la obra privada, solamente se podrán retomar obras no habitadas (nuevas o ya iniciadas) y se deberá gestionar en el municipio un permiso especial de reactivación de obra con carácter de declaración jurada, se deberá designar un responsable por obra. La cantidad máxima de operarios no podrá ser mayor a 5 (en casos particulares se deberá solicitar un permiso excepcional), se deberá asegurar que la ropa de traslado no sea la misma con la que trabaja, se garantizará la alternancia de distintos rubros, la jornada deberá ser de 8hs a 14hs de lunes a viernes, la compra y pedido de materiales será online.

Las profesiones independientes que no requieran contacto estrecho físico podrán atender dos días por semana, sin empleados, hasta dos clientes por hora (con turnos previamente otorgados), de 8hs a 16hs y solo se permitirá el traslado por zonas blancas.

Es preciso recordar que para las distintas actividades permitidas será de uso obligatorio el barbijo no quirúrgico. Además, se deberá respetar en todo momento la distancia mínima de 2 metros entre las personas y sostener las medidas de higiene de manos e higiene respiratoria.

Por su parte, el Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal elevarán un protocolo ante el COE para la apertura de Sedes Judiciales en las zonas libres de COVID – 19. Dicha iniciativa será evaluada, analizada y eventualmente autorizada por el Centro de Operaciones.

Cabe señalar, no obstante, que será facultad del COE declarar, en cualquier momento y por razones epidemiológicas, nuevas zonas rojas en las que, por lo tanto, se deberá retrotraer la flexibilización.

En tanto, se considera zona roja aquellas localidades que cumplan uno o más de los siguientes criterios:

Que tengan casos positivos activos y/oque tengan transmisión comunitaria:

  • San Basilio, Vicuña Mackena, La Cumbre, Cosquín, Villa Giardino, La Playosa, Cerro Azul Brinkmann, Morteros, Bell Ville, Justiniano Posse, San Marcos Sud, Morrison, Corral de Bustos, Colonia Italiana, Villa General Belgrano, Huinca Renancó, Marull, Colonia Caroya, San Marcos Sierras.

Que se encuentren dentro de los cuatro grandes conglomerados definidos por el Centro de Operaciones de Emergencia, que son:

  • Córdoba y Gran Córdoba (Córdoba Capital, Los Cedros, Villa Parque Santa Ana, Villa del Prado, Alta Gracia, Toledo, Malagueño, Villa Carlos Paz, Villa Allende, Mendiolaza, Unquillo, Rio Ceballos, Salsipuedes, Saldan, La Calera, Rio Segundo, Pilar, Malvinas Argentinas, Mi Granja, Monte Cristo, Bower, Colonia Tirolesa, Estación Juárez Celman, Falda del Carmen, Santa María de Punilla y Bialet Masse).
  • Rio Cuarto, Las Higueras y Santa Catalina.
  • Villa María y Villa Nueva.
  • San Francisco.

En estas zonas rojas se deberá continuar con el aislamiento social preventivo y obligatorio tal como hasta ahora, sin medidas que la flexibilicen. Por razones epidemiológicas y de salud pública, momentáneamente el Centro de Operaciones de Emergencias no habilita las salidas de esparcimiento o recreativas en ninguna localidad del territorio provincial, indistintamente a la zona de la segmentación geográfica a la que pertenece, hasta que sean elaborados los protocolos correspondientes.

Asimismo, e independientemente de la segmentación geográfica y ante el pedido de flexibilización de una determinada actividad realizado por el intendente, el COE Central en conjunto con el COE Regional y el propio mandatario local valorarán múltiples variables sanitarias y epidemiológicas que determinarán la posible flexibilización solicitada

Cualquier caso particular no contemplado en las medidas mencionadas será evaluado por el COE Central en conjunto con los COE regionales. Asimismo, se solicitará a los intendentes o jefes comunales la adhesión vía sus respectivos Concejo Deliberante a estas medidas de flexibilización.

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