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Cambio de género: Sergia, un caso que podría modificar las reglas para jubilaciones

por Gabriela Monqaut

Pasó de llamarse Sergio a Sergia, causó un revuelo y levantó discusiones que podrían cambiar las reglas para las jubilaciones. En estudios jurídicos advierten que incluso hubo consultas de otras personas para tomar el mismo camino.

El de Sergia no sería un cambio más de identidad de género, ya que se sospecha que lo hizo para jubilarse con antelación. Pero este caso, según abogados consultados por El Tribuno, plantea un vacío legal tras la sanción de la ley que les permite a las personas modificar el nombre de acuerdo al género autopercibido. El colectivo LGBT rechaza esa postura.

Sergia, además, reabrió el debate sobre la diferencia de la edad jubilatoria entre hombres (65) y mujeres (60). Curiosamente tras cumplir 60 años, cambió su género en el DNI: Sergio Lazarovich ahora es Sergia Lazarovich.

¿La Anses le dará la jubilación? La pregunta sobrevolaba las conversaciones e incluso ocupó grandes espacios en los medios de comunicación del país. Hasta ayer no había ingresado ningún trámite, confirmaron desde ese organismo. No obstante, ya lo ven como un caso único que demandará un análisis minucioso.

Lazarovich, con título de contador, trabaja en la AFIP y ejerce la docencia universitaria. “Me cambié de género porque tengo convicción”, expresó el miércoles en una breve charla con El Tribuno.

Desde 2012, una persona mayor de 18 años tiene el derecho de ir al Registro Civil y cambiar la identidad de género, sin “acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial ni terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico”, tal cual lo garantiza la Ley 26.743. Se la consideró una de las leyes más progresistas, que respondió a un reclamo histórico de las personas trans.

Para el abogado laboralista, Walter Neil Bhler, esta ley es “demasiado flexible”. Sostiene que debería haber un principio de prueba para asignar un nuevo género, esto “sin vulnerar la intimidad ni el ejercicio del derecho”.

Bhler recordó que en 2012, tal cual lo había plasmado en una columna de opinión, un hombre lo consultó para cambiar de sexo y jubilarse antes.

Pía Ceballos, una de las directoras del Observatorio de Violencia contra las Mujeres, pidió no vincular los alcances de la ley de identidad de género con el caso Sergia. “No queremos emitir juicios sobre la entidad autopercibida que debe tener esta persona, pero no la conocemos. Muy pocas personas trans llegan a esa edad, ya que nuestra expectativa de vida es baja”, dijo Ceballos.

“Frente a este caso, no debemos cuestionar la identidad de género, mucho menos pedir que se exijan tratamientos hormonales, certificados psicológicos o intervenciones quirúrgicas. De esa manera, estaríamos patologizando esa ley. El desafío es romper ese paradigma y dar lugar a la identidad sin obligación de protocolos o diagnósticos médicos”, consideró Ceballos.

La abogada Julia Toyos marca un vacío legal y entiende que el Estado, al permitir el cambio de género, posibilita al hombre a tener el beneficio jubilatorio cinco años antes. Afirma que la Anses no estaría habilitada a rechazar la jubilación de Sergia. “Es muy discutible, hay un vacío legal, pero los aportes previsionales no tienen género. Habrá que ver cómo lo resuelve la Anses y seguro se terminaría judicializando, posiblemente con una jurisprudencia”, reflexionó.

Toyos hizo notar que la ley de identidad de género nació para proteger derechos de un sector de la sociedad más que para atender cuestiones previsionales.

Nicolás Zenteno, abogado y titular de la organización El Consumidor en Acción Salta, destacó los avances de la nueva legislación de identidad. No obstante, expuso: “Esta controversia surge a raíz de la noticia que una persona se cambió de sexo para acceder a un beneficio. Quiero dejar en claro que la sociedad no tiene que hacer juicios de valores sobre las vivencias personales, más aun cuando la ley establece la posibilidad legal de tal procedimiento y los legisladores no previeron el impacto de la norma en la vida de las personas”.

Agregó que el Estado no debe pedir que una persona exprese su género autopercibido para realizar un trámite administrativo.

Fuente: El Tribuno (Pablo Juárez – Martín Rodríguez [email protected])

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